La Cámara Nacional Electoral anuló el DNU que transfería a Migraciones el otorgamiento de la ciudadanía

La Cámara Nacional Electoral declaró la nulidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, mediante el cual se había dispuesto que la Dirección Nacional de Migraciones asumiera la facultad de otorgar la ciudadanía argentina. La resolución representa un fallo de fuerte impacto institucional y restituye esa competencia al ámbito judicial.

Los jueces consideraron que el decreto avanzó sobre una materia estrechamente vinculada con los derechos políticos de las personas, por lo que no podía ser regulada mediante un DNU. En ese sentido, recordaron que la Constitución Nacional establece límites precisos al Poder Ejecutivo para legislar a través de este tipo de normas.

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Además, el tribunal sostuvo que no existían circunstancias excepcionales que justificaran evitar el tratamiento del tema en el Congreso. Según el fallo, los argumentos relacionados con una mayor eficiencia administrativa no constituyen una situación de urgencia suficiente para reemplazar el procedimiento legislativo ordinario.

La decisión fue adoptada al analizar el caso de un ciudadano extranjero que había solicitado la ciudadanía argentina y cuya petición había sido rechazada en primera instancia. Al revisar el expediente, la Cámara no solo revocó esa resolución, sino que también evaluó la constitucionalidad del decreto cuestionado.

En la sentencia también se dispuso comunicar lo resuelto al Ministerio de Seguridad Nacional para que informe a la Dirección Nacional de Migraciones sobre el alcance del fallo. Asimismo, la resolución será puesta en conocimiento de los jueces federales con competencia electoral de todo el país para unificar criterios sobre la aplicación de la normativa.

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Con este pronunciamiento, la Cámara reafirmó que el otorgamiento de la ciudadanía no constituye un simple trámite administrativo, sino que tiene una relación directa con el acceso a derechos políticos, razón por la cual cualquier modificación de ese régimen debe respetar los mecanismos previstos por la Constitución y las leyes sancionadas por el Congreso.

El fallo deja sin efecto los cambios introducidos por el DNU respecto de esta competencia y marca un nuevo capítulo en el debate sobre los alcances de los decretos de necesidad y urgencia, reforzando el principio de división de poderes y el control constitucional sobre las decisiones del Poder Ejecutivo.