Veda electoral PASO 2019: ¿cuándo inicia, qué se puede hacer y qué no?

La Cámara Nacional Electoral reiteró que desde el viernes 9 de agosto quedará prohibido realizar actos proselitistas y difundir encuestas y sondeos preelectorales.

A casi una semana de las PASO del 11 de agosto y la la Cámara Nacional Electoral recordó que la veda electoral propiamente dicha, es decir la que no permite llevar a cabo actos proselitistas y difundir encuestas y sondeos preelectorales, comienza el viernes 9 de agosto.

Hasta las 21 del domingo 11, regirá una prohibición de publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección. Lo que signifca 3 horas después del cierre de los comicios.

Vale recordar que desde el sábado 3, los medios de comunicación y los portales de internet no pueden difundir encuestas y sondeos de opinión o pronósticos sobre los resultados de las PASO.

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Según el artículo 44 de la ley 26.571, ocho días antes de cada elección y hasta tres horas después de su cierre, «ningún medio de comunicación, ya sean éstos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, internet u otros, podrá publicar» este tipo de relevamientos.

Para repasar, ¿qué es lo que está permitido y lo que no durante la veda?

Prohibida toda actividad de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación Redes sociales como Facebook y Twitter e Instagram no están contempladas por la legislación vigente.

Los blogs y periódicos digitales sí están regulados por las normas electorales.

No se pueden publicarse encuestas ni declaraciones de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales.