El Gobierno limitó el derecho a huelga y amplió las actividades esenciales por decreto

Mediante el Decreto 340, el Ejecutivo modificó la ley de empleo e impuso nuevas condiciones al ejercicio del derecho a huelga en sectores considerados clave.

El Gobierno nacional oficializó el Decreto 340, que introduce cambios significativos en la legislación laboral al ampliar el listado de actividades consideradas esenciales y establecer porcentajes mínimos de prestación de servicios durante medidas de fuerza. Esta decisión impacta directamente sobre el derecho constitucional a la huelga en sectores estratégicos.

Según el decreto, en los servicios esenciales deberá garantizarse como mínimo un 75% de la prestación normal, mientras que en las actividades calificadas como de importancia trascendental, el piso será del 50%.

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Nuevas actividades declaradas esenciales:

Salud y distribución de medicamentos

Agua, gas y electricidad

Internet y telecomunicaciones

Transporte marítimo, fluvial y aéreo

Aduanas, migraciones y comercio exterior

Educación inicial, primaria y especial

Actividades de importancia trascendental:

Producción de medicamentos

Transporte terrestre y subterráneo

Industria alimenticia, cementera y siderúrgica

Actividad agropecuaria, minera y frigorífica

Servicios financieros, hoteleros y logísticos

Producción con fines de exportación

La normativa, que ya generó reacciones en diversos sectores gremiales y políticos, modifica sustancialmente el marco legal que regula los conflictos laborales. Mientras que el Gobierno argumenta que busca “garantizar el funcionamiento básico del país”, sindicatos advierten sobre un avance contra los derechos de los trabajadores.

El Decreto 340 se inscribe en un contexto de tensión social y laboral creciente, y promete generar intensos debates en torno al equilibrio entre los servicios públicos y los derechos laborales.