Cuáles son las condiciones para acceder a los $17.000 del nuevo bono «Acompañar» de Anses

La prestación tendrá una duración de seis meses. Está destinada a asegurar un ingreso equitativo al salario mínimo vital y movil. Se podrá combinar con AUH, IFE, y pensiones asistenciales.

Anses, junto al Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD), activa el nuevo bono «Acompañar», el monto de $17000 para ayudar a víctimas de violencia de género.

Este viernes, se informó que el monto se liquidará mediante el organismo previsional, y va a ser articulado con municipios y provincias para que el ingreso en cada una de las personas que necesiten del programa, tanto como acompañamiento y asistencia integral, sea de modo conjunto con las áreas locales.

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Elizabeth Gómez Alcorta, titular del MMGyD, dijo al respecto: «Esta ha sido una de las demandas históricas del movimiento de mujeres y diversidad: pedir al Estado que cumpla el rol de acompañamiento, insustituible, y por eso celebramos poner en marcha el programa».

Paso a paso, los requisitos para recibir el nuevo bono de Anses.

La suma será no reintegrable, personal, no renovable y no contributiva equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), es decir cerca de $17.000.

Se abonará durante un lapso de seis meses seguidos.

El propósito es el de solventar gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias.

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Cobro AUH, IFE, AUE ¿puedo acceder al Plan Acompañar?
Si, el nuevo plan resulta ser compatible con:

  • La Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • Asignación por Embarazo (AUE)
  • Monotributo Social
  • Ingreso Familiar de Emergencia ( IFE)
  • Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

¿Cómo se puede acreditar una situación de riesgo?
Para acceder a la ayuda económica, se solicitará acreditar la situación de riesgo por violencia por motivos de género mediante un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias local, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Quiénes pueden pedirlo?

  • Toda persona residente en el país que sea ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada.
  • Extranjera con residencia legal en la República Argentina no inferior a un año anterior a la solicitud.
  • Mayor a dieciocho años.
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Los que quedan excluidos del Plan Acompañar:

  • Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos.
  • Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado Nacional.
  • Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor.
  • Prestación por desempleo.