Las transferencias entre cuentas del mismo titular son habituales y no representan una irregularidad en sí mismas. Sin embargo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene controles sobre estos movimientos para verificar que exista coherencia entre la actividad financiera y los ingresos declarados.
En la actualidad, los bancos y billeteras virtuales deben informar a ARCA cuando los movimientos mensuales alcanzan ciertos niveles.
Para personas físicas, el umbral se ubica en $50.000.000 mensuales, mientras que para personas jurídicas es de $30.000.000. Este cálculo contempla el total acumulado del mes, incluyendo transferencias recibidas, enviadas y saldos en cuenta.
Superar estos montos no significa automáticamente una infracción, pero sí activa alertas que pueden derivar en revisiones más detalladas.
En esos casos, el organismo puede requerir documentación que respalde el origen de los fondos, como recibos de sueldo, facturación, contratos o certificaciones de ingresos.
Además, no solo se consideran los montos: también se analizan patrones de comportamiento.
Movimientos frecuentes, poco habituales o que no guardan relación con la capacidad económica declarada pueden ser observados incluso sin superar los límites establecidos.
Si el contribuyente no logra justificar el dinero, pueden surgir consecuencias como fiscalizaciones, ajustes impositivos, multas o bloqueos preventivos de cuentas. También se incluyen dentro de estos controles operaciones en moneda extranjera o criptomonedas, que son convertidas a pesos para evaluar si exceden los topes.
En este contexto, la recomendación es clara: mantener un registro ordenado de las operaciones y contar con documentación respaldatoria resulta clave para evitar inconvenientes ante cualquier requerimiento.





























