A través del decreto 872/19, la gobernadora reglamentó la ley Nº 1036 y su modificatoria Nº 1268 sobre regulación de la práctica del acompañamiento terapéutico en el ámbito de la provincia.

Con esta normativa se regulariza la situación de muchos acompañantes terapéuticos, que no podían adecuarse a lo establecido por la ley 1036 después de su sanción a mediados del año 2015.

Cabe recordar que en enero de este año, el Poder Ejecutivo había promulgado la ley 1268 que establece la creación de un registro provisorio para los Acompañantes Terapéuticos que desempeñan esa función sin cumplir con los requisitos exigidos por el artículo 4º de la ley 1036, que exige contar con título universitario o terciario.

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Asimismo, el Ministerio de Educación aprobó la creación de la Tecnicatura Superior en Acompañamiento Terapéutico, la cual ya comenzó a dictarse en el CENT 35 de Río Grande.

Uno de los puntos más destacados del decreto 872/19 es la creación de un registro provincial definitivo y otro provisorio de acompañantes terapéuticos en la Dirección de Fiscalización Sanitaria dependiente del Ministerio de Salud.

La inscripción en el registro se realizará por zonas, debiendo los interesados dirigirse a las Direcciones de Fiscalización Sanitaria zonas Norte (Piedrabuena Nº 349) y Sur(Río Grande esquina Fuegia Basket. 2º Piso) según corresponda, de lunes a viernes de 9 a 13 hs.