Contribuciones patronales: qué deben hacer las empresas para acceder a la postergación del pago

AFIP - Edificio 29-08-16 foto ignacio petunchi / PROPIA

El organismo recaudador fijo las fechas de ingreso para acceder al beneficio y la documentación requerida que deberán presentar los empleados alcanzados.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este jueves las postergación de pago de contribuciones patronales correspondientes al período devengado julio de 2020 lanzado como medida de asistencia ante la caída de recaudación por la pandemia de coronavirus.

A través de la Resolución 4.788 publicada en el Boletín Oficial, la reducción alcanza hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para los empleadores contemplados.

Para ello deberán efectuar la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, mediante la utilización del release 5 de la versión 42 del programa aplicativo denominado «Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS».

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De esta forma, el sistema «Declaración en Línea», efectuará en forma automática el cálculo de la aludida reducción de alícuota de las contribuciones patronales, a los empleadores caracterizados con el código «461 – Beneficio Dto. 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.».