Cómo tramitar la licencia por maternidad

Dura 90 días y puede tomarse 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto, o bien 30 días antes y 60 días después de dar a luz.

La licencia por maternidad es un derecho y una obligación de todas las trabajadoras en relación de dependencia. La duración de la misma es de 90 días corridos.

Puede tomarse 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto (estipulada en certificado médico), o 30 días antes y 60 días después. En tanto, si el parto se adelanta, se tienen que cumplir los 90 días.

Durante este período, la ANSES paga a la trabajadora la prestación por maternidad (una de las asignaciones familiares previstas), que equivale al sueldo que cobra de manera habitual. Por su parte, hasta que la licencia se haga efectiva es el empleador quien debe pagar.

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Cómo tramitarla
La trabajadora embarazada debe presentar a su empleador el certificado médico informando el embarazo, con la “fecha probable de parto”, según aclara el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Además, debe notificar si la licencia transcurrirá 45 días antes y 45 días después de la fecha de parto o bien 30 días antes y 60 días después de esta fecha.

En tanto, es la trabajadora quien debe realizar el trámite en la ANSES, de manera presencial, en alguna de las oficinas del organismo. Para ello debe presentar el certificado médico informando el embarazo y la documentación que completó previamente con su empleador.

El Ministerio destaca que “hasta que la prestación de la ANSES por maternidad se haga efectiva, el empleador debe continuar abonando el salario de la trabajadora”.