AFIP inicia este lunes la moratoria Pymes 2020

Desde hoy, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitará el aplicativo online para adherir a la moratoria para pequeñas y microempresas, Monotributistas, Cooperativas, Obras Sociales y Clubes de Barrio que se había anunciado en enero y que la AFIP reglamentó a fines de ese mes, cuando la titular del organismo, Mercedes Marcó del Pont, y el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, adelantaron que tendrá una quita promedio del 42% y un plazo de pago de hasta 10 años (120 cuotas).

El objetivo del programa es el de promover la reactivación productiva de las pequeñas y medianas empresas, incluyendo a los monotributistas y autónomos, y alcanza a quienes tienen deudas impositivas, aduaneras y previsionales, indicaron los funcionarios en la presentación del plan.

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«Estamos teniendo muchas consultas y hay interés de los clientes en acceder a la moratoria porque tiene beneficios muy interesantes», dijo Silvio Rizza, presidente de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), quien además recalcó que la medida alcanza también a consorcios.

Desde la entidad sostienen que el acercamiento de las empresas a la iniciativa que condona multas, establece un plan de pagos accesible y cuya adhesión producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal, siempre y cuando no tuviere sentencia firme, «tendrá un alto nivel de aceptación».

Sobre el particular, Marcó del Pont enfatizó: «asumimos con los contribuyentes una posición similar a la que le solicitamos a los acreedores externos: tiempo para ordenarse y volver a crecer”.

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Las principales características de la moratoria son:

– Plazo de inscripción: Del 17 de febrero al 30 de abril.

– Plazo de pago: Hasta 120 cuotas para obligaciones tributarias y aduaneras y hasta 60 cuotas para aportes y retenciones.

– Condonación: Parcial para los intereses y total para las multas.

– Tasa: 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento, tasa variable.

– Empalme; La moratoria permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP, para restarlo de la deuda.

– Alcance: Se puede incluir deuda vencida hasta el 30 de noviembre de 2019 y planes de pago vigentes hasta el 23 de diciembre de 2019 o caducos.

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– Beneficio inmediato: Levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.

– Requisito: Contar con el Certificado MiPyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo, documento que puede obtenerse hasta el 30 de abril.