El máximo tribunal nacional admitió el recurso federal presentado por la empresa que cuestiona el desalojo del complejo del río Valdez, en un escenario judicial que vuelve a abrirse tras la reciente habilitación del predio al público.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió admitir el recurso federal interpuesto por Transporte Roanmat S.R.L., la firma que denunció haber sido desalojada de manera “inconstitucional” del complejo donde se encuentran las Termas del río Valdez, en la localidad de Tolhuin.
La decisión del máximo órgano judicial se conoció en las últimas horas y se produce apenas semanas después de que el predio fuera habilitado para el ingreso del público en general. El planteo de la empresa se inscribe en un extenso litigio que se prolongó hasta comienzos de 2025 y que culminó con la toma del complejo por parte del Ejecutivo municipal.
Cabe recordar que, previo a esta instancia, el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego había fallado a favor del Municipio, avalando el procedimiento que permitió asumir la posesión del lugar. Sin embargo, la empresa concesionaria recurrió esa sentencia ante la Corte Suprema, cuestionando la legalidad del fallo provincial.
En su presentación, el abogado de Roanmat, doctor Febre, advirtió sobre presuntas “graves irregularidades jurídicas y constitucionales”, al sostener que las termas no constituyen un bien público sino un bien privado del Estado. En ese sentido, señaló que el procedimiento aplicado vulneró el derecho de defensa en juicio al imponer plazos considerados excesivamente breves.
Además, el recurso planteó que la notificación y el desalojo concretados en un lapso de cinco días resultan incompatibles con el artículo 18 de la Constitución Nacional, al no garantizar un debido proceso adecuado. Con la admisión del recurso, el caso vuelve a quedar bajo análisis de la Corte, reabriendo un debate jurídico de alto impacto para el futuro del complejo termal.






























