AFIP inicia este lunes la moratoria Pymes 2020

Desde hoy, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitará el aplicativo online para adherir a la moratoria para pequeñas y microempresas, Monotributistas, Cooperativas, Obras Sociales y Clubes de Barrio que se había anunciado en enero y que la AFIP reglamentó a fines de ese mes, cuando la titular del organismo, Mercedes Marcó del Pont, y el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, adelantaron que tendrá una quita promedio del 42% y un plazo de pago de hasta 10 años (120 cuotas).

El objetivo del programa es el de promover la reactivación productiva de las pequeñas y medianas empresas, incluyendo a los monotributistas y autónomos, y alcanza a quienes tienen deudas impositivas, aduaneras y previsionales, indicaron los funcionarios en la presentación del plan.

Mira también  Cientos de familias disfrutaron la pantalla del Parque de los 100 Años durante el fin de semana

«Estamos teniendo muchas consultas y hay interés de los clientes en acceder a la moratoria porque tiene beneficios muy interesantes», dijo Silvio Rizza, presidente de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), quien además recalcó que la medida alcanza también a consorcios.

Desde la entidad sostienen que el acercamiento de las empresas a la iniciativa que condona multas, establece un plan de pagos accesible y cuya adhesión producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal, siempre y cuando no tuviere sentencia firme, «tendrá un alto nivel de aceptación».

Sobre el particular, Marcó del Pont enfatizó: «asumimos con los contribuyentes una posición similar a la que le solicitamos a los acreedores externos: tiempo para ordenarse y volver a crecer”.

Mira también  PAMI lanzó una nueva plataforma con 7000 talleres y cursos universitarios gratuitos para personas mayores

Las principales características de la moratoria son:

– Plazo de inscripción: Del 17 de febrero al 30 de abril.

– Plazo de pago: Hasta 120 cuotas para obligaciones tributarias y aduaneras y hasta 60 cuotas para aportes y retenciones.

– Condonación: Parcial para los intereses y total para las multas.

– Tasa: 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento, tasa variable.

– Empalme; La moratoria permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP, para restarlo de la deuda.

– Alcance: Se puede incluir deuda vencida hasta el 30 de noviembre de 2019 y planes de pago vigentes hasta el 23 de diciembre de 2019 o caducos.

Mira también  El Consejo Superior de la UNTDF aprobó la Carrera Docente

– Beneficio inmediato: Levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.

– Requisito: Contar con el Certificado MiPyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo, documento que puede obtenerse hasta el 30 de abril.