Cómo hacer el trámite para que la AFIP te devuelva el 20% o 35%

Luego del anuncio del titular de la AFIP, Alberto Abad, el organismo recaudador publicó en su sitio web el sistema para que las personas que no tributan el Impuesto a las Ganancias y sufrieron percepciones del 20 o el 35% a la compra de dólar ahorro o consumos en el exterior, puedan recuperar ese dinero.

Quienes no pagan Ganancias o Bienes Personales ya pueden cargar el formulario para que el ente recaudador les devuelva el dinero retenido por la compra de dólares, pasajes o compras en el exterior con tarjetas.

Aquellas personas que hayan comprado dólares, viajes o hayan hecho compras en dólares en el exterior durante el año pasado y paguen los impuestos a las Ganancias o Bienes Personales, deber hacer un trámite en la página de la AFIP para que le sean devueltos los porcentajes retenidos (20% para la adquisición de moneda o 35% para la compra afuera).

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Para poder concretar la operatoria es fácil y debe contarse con:
CUIL y CUIT.
Contar con Clave Fiscal.
Tener registrados y aceptados sus datos biométricos.
Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria para cobros de origen tributario