El gobernador Melella decretó la Emergencia Sanitaria en Tierra del Fuego

Entre algunas de sus medidas se comienza a restringir el ingreso de extranjeros a la provincia, tanto vía marítima como terrestre.

El gobernador de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Gustavo Melella, decretó la Emergencia Sanitaria por el término de un año en todo el ámbito de la provincia como medida para avanzar y profundizar los controles en el marco de la pandemia declarada por la Organizacióm MUndial de la Salud al COVID-19 (coronavirus).

En el mismo sentido establece la adhesión en todos sus términos al Decreto de Necesidad y Urgencia emitido por el Presidente Alberto Fernández, que entre algunas de sus medidas declara como zonas de riesgos que estarán enumeradas en el decreto son: Estados Unidos, España, Italia, Alemania, Francia China, Irán y Corea del Sur.

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De a acuerdo al decreto firmado po el Gobernador Melella en la jornada de este viernes, será el Ministerio de Salud la autoridad de aplicación de las medidas que se entiendan necesarias respecto de la situación epidemiológica , a fin de mitigar el impacto sanitario.

Además se autoriza la contratación y el ejercicio de profesionales y técnicos de salud titulados en el extranjero, cuyo título no esté revalidado o habilitado en el país, «siempre que el objeto de la contratación guarde estricta relación con medidas que deban aportarse en el marco de la emergencia»…

En su artículo sexto el decreto suspende por 30 días «el desembarco de pasajeros en cuya embarcación naveguen pasajeros provenientes de países de riesgo declarados por el Ministerio de Salud de la Nación, a excepción de pasajeros de aquellas embarcaciones que hubiesen permanecido embarcados por un plazo mayor a los 14 días.

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Para esto se faculta al InFueTur a diseñar protocolos a implementar meddas preventivas para mitigar la posible propagación del COVID-19.

También se suspende por el mismo lapso el ingreso de turistas por vía terrestre, por la frontera, cuando provengan de países de riesgo delarados por el MInisterio de Salud de la Nación, considerando el paso por Chile como «en transito», a excepción de aquellos que reingrese al país proveniente del continente y hayan permanecido en forma previa por un lapso mayor de 14 días.

Además se faculta el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, a establecer las condiciones en que se estará desarrollando el sistema educativo, en todo los niveles, público y privado, en cuanto la situación vayan necesitándolo.

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Y será el Ministerio de Desarrollo Humano el encargado de diseñar la manera en que e brindará servicios esenciales como los comedores, residencias u otros dispositivos, se brinde por recomendación de la cartera sanitaria.