ANSES: el cambio en la modalidad de cobro de jubilados y pensionados

La Administración Nacional de Seguridad Social depositará las jubilaciones automáticamente sin necesidad de un antiguo trámite.

La ANSES pagará las jubilaciones y pensiones a los beneficiarios sin la necesidad de haber realizado el trámite de la Fe de Vida. Anteriormente era un requerimiento necesario para poder cobrar, era obligatorio hacer un trámite en la entidad bancaria correspondiente para demostrar la supervivencia.

Cuál es el cambio en la modalidad de cobro para jubilados y pensionados

Los jubilados y pensionados del organismo dirigido por Fernanda Raverta obtendrán los haberes sin declarar la Supervivencia. Esto se debe a una normativa sancionada por el Congreso de la Nación el pasado 17 de julio.

La misma detallaba lo siguiente: «Los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones no Contributivas quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida, así como cualquier trámite complementario con igual fin, quedando sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales».

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Qué jubilados y pensionados tendrán que hacer el trámite de fe de vida de ANSES

Si te vas a ausentar del país por más de tres meses o residís en forma definitiva en uno que no tiene convenio de reciprocidad con Argentina y sos jubilada, jubilado, pensionada o pensionado tenés que comunicarlo para que no te suspendan el pago de tus haberes.

Quedan eximidas de realizar este trámite aquellos que viajen a Brasil, Chile, Uruguay, Paraguay, España, Italia, Portugal, Grecia, Estados Unidos, Reino de los Países Bajos, República de Colombia, Estados Unidos Mexicanos y Eslovenia.

Cómo hacer el trámite de fe de vida de ANSES

DNI; Formulario PS 6.246 – Ausencia y regreso al país; Último recibo de haberes,Pasaporte y pasaje (o certificado de la compañía por la que vas a viajar).

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Para apoderadas o apoderados:

Formulario PS 6.4 – Carta Poder, DNI (original y copia).

Calendario pago ANSES jubilados y pensionados Pensionados ANSES:

DNI terminados en 0 y 1: martes 1 de agosto

DNI terminados en 2 y 3: miércoles 2 de agosto

DNI terminados en 4 y 5: jueves 3 de agosto

DNI terminados en 6 y 7: viernes 4 de agosto

DNI terminados en 8 y 9: lunes 7 de agosto

Jubilados ANSES:

DNI terminados en 0: martes 8 de agosto

DNI terminados en 1: miércoles 9 de agosto

DNI terminados en 2: jueves 10 de agosto

DNI terminados en 3: viernes 11 de agosto

DNI terminados en 4: lunes 14 de agosto

DNI terminados en 5: martes 15 de agosto

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DNI terminados en 6: miércoles 16 de agosto

DNI terminados en 7: jueves 17 de agosto

DNI terminados en 8: viernes 18 de agosto

DNI terminados en 9: martes 22 de agosto