El Gobierno promulgó la nueva ley de Doping en el deporte

De esta forma, la Argentina adaptó su legislación a las normas internacionales que estableció el nuevo Código Mundial Antidopaje 2021. Era una condición necesaria de cara a la Copa América y los Juegos Olímpicos de Tokio

El Gobierno Nacional promulgó la nueva ley de Doping en el deporte que se adecúa al Código Mundial Antidopaje 2021. Era una condición necesaria de cara a la participación en la Copa América y los Juegos Olímpicos de Tokio.

A través del Decreto 267/2021, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 27.619 que establece el Régimen Jurídico Para la Prevención y el Control del Dopaje en el Deporte, norma que había sido sancionada por el Senado de la Nación semanas atrás.

De esta forma, la Argentina adaptó su legislación a las normas internacionales que estableció el nuevo Código Mundial Antidopaje 2021, que entró en vigencia el 1 de enero, luego de distintas modificaciones que fueron aplicadas en los años 2009, 2015 y 2018, vinculados a los sujetos alcanzados por el régimen, la prueba de presencia de sustancias prohibidas, el incumplimiento de localización de los atletas y sus respectivas sanciones, entre otros puntos.

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La ley necesitaba ser aprobada antes del 12 de abril, contemplando la proximidad del inicio de la Copa América y de los Juegos Olímpicos de Tokio. Entre sus principales modificaciones, la nueva normativa estableció diferentes sanciones por el uso de drogas como cocaína o marihuana, que antes podían terminar con la carrera de un deportista.

El nuevo Código establece que si se registra el doping positivo “en controles realizados fuera de competencia y sin la intención de lograr algún beneficio a partir de ese consumo”, las sanciones pueden ir de uno a tres meses. Cuando el atleta puede demostrar que la ingesta o uso de sustancias prohibidas ocurrió fuera de la competencia y que no tenía relación con su rendimiento deportivo, la sanción se reduce a tres meses. Puede ser reducida incluso hasta un mes, si se demuestra que “han realizado de manera satisfactoria un programa contra el uso indebido de sustancias aprobado por la Comisión Nacional Antidopaje con el asesoramiento de la Sedronar”.

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Además se incorporan funciones y responsabilidades de otras personas sujetas al nuevo régimen. Se contempla las conductas que constituyen un incumplimiento de la localización o el paradero del atleta. En este punto se incluye como sujetos activos de la infracción de posesión de sustancias o métodos prohibidos al personal de apoyo del deportista como a los atletas.

Por otra parte se modifica los alcances de la infracción de administración o intento de administración, complicidad y asociación prohibida, introduciendo como conductas punibles a los actos de intimidación o venganza.

Otro artículo de la nueva ley determina que en el caso de deportes en los que participen animales, las federaciones deportivas internacionales o nacionales deberán establecer normas antidopaje para los mismos.

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Al respecto de cuestiones referidas al doping en el deporte, este jueves el Tribunal de Disciplina de la Asociación del Futbol Argentino (AFA) habilitó provisionalmente para volver a las canchas a Santiago Silva. El delantero uruguayo había sido suspendido en octubre de 2019 por dos años, tras haber dado positivo en un control antidoping por altos niveles de testosterona a raíz de un tratamiento de fertilidad para poder tener un tercer hijo. Silva recibió dos años de sanción cuando por su transgresión correspondían de tres a 24 meses. Es decir, le dieron la máxima pena a pesar de que no era reincidente. En el medio de una larga lucha judicial, el futbolista fue habilitado provisionalmente a desarrollar su profesión. No se le levantó la sanción, porque dicho ente no cuenta con ese tipo de atribuciones, dado que la causa sigue su curso en el fuero contencioso administrativo.