Sin ley de alquileres cómo es el nuevo modelo de contrato que proponen las inmobiliarias

El mercado puso en marcha cómo serán los puntos que el inquilino tendrá que tener en cuenta bajo la nueva reglamentación.

Tras la derogación de la Ley de Alquileres, propuesta en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 que presentó el presidente Javier Milei, crece la incertidumbre acerca de cómo se establecerán los contratos entre propietarios e inquilinos.

En este marco, el Gobierno Nacional apuesta a un «libre acuerdo» entre las partes, en el cual no habrá una reglamentación fija a la hora de determinar el precio de las locaciones, las fórmulas de actualización ni el tiempo de duración, entre otras variables.

No obstante, desde el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCIBA) presentaron unos documentos en forma de guía para esta nueva etapa bajo el Código Civil y Comercial.

Sin Ley de Alquileres, ¿cómo será la nueva forma de contrato?

Duración
En el escrito, proponen un alquiler de dos años de duración, tal como era antes de establecerse la Ley de Alquileres en 2020. Sin embargo, el lapso quedará a libre elección de las partes.

Inventario
Según el informe, las inmobiliarias aconsejan «realizar un inventario que describa el estado fehaciente en que se entrega el inmueble y los artefactos». Mientras que también especificar de qué será responsable el inquilino durante su estadía.

Fórmula de actualización y precio inicial
El contrato establece un espacio en blanco para que locador y locatario puedan detallar cómo se irá actualizando el precio del alquiler a medida que avancen los meses. En la gran mayoría de los casos, se prevé aumentos cuatrimestrales o semestrales, aunque se deberá detallar cuál será el índice.

Además, en el escrito se especificará el precio inicial que acordaron las partes antes firmar.

Expensas
«Se puede detallar lo que entienden las partes como expensas habituales, que se vinculan a los servicios normales y permanentes a disposición del locatario», detallan desde el organismo, en relación a qué le corresponderá pagar al inquilino y en cuáles casos estará exento.

Garantía
Al modificarse la Ley de Alquileres, también el modelo de contrato propuesto deja una sección disponible para determinar cuál será la garantía a la hora de ingresar a una vivienda. En este caso, podrían mantenerse recibos de sueldo, de propiedad, seguro de caución, etc.

Depósito
Las inmobiliarias proponen acordar un monto de depósito que será devuelto al finalizar el contrato y establecen que no tenga «ningún tipo de actualización».