
Desde noviembre, el monotributo social debera emitir facturas electrónica

A partir del 1 de noviembre de 2026, los contribuyentes inscriptos en el Monotributo Social deberán emitir facturas electrónicas para registrar sus ventas y prestaciones de servicios. La modificación, establecida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), también incluye a quienes forman parte del régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, conocido como Monotributo Promovido.
La disposición forma parte de una actualización del sistema de facturación que busca ampliar el registro digital de las operaciones económicas y mejorar la trazabilidad de las transacciones.
Con la entrada en vigencia de la nueva normativa, los talonarios impresos dejarán de ser una alternativa de uso habitual. Solo podrán utilizarse de manera excepcional cuando existan inconvenientes que impidan emitir comprobantes electrónicos, siempre que cuenten con la autorización correspondiente vigente.
Cómo emitir las facturas electrónicas
Para cumplir con la nueva obligación, los contribuyentes podrán ingresar al sitio web de ARCA con su CUIT y Clave Fiscal y utilizar el servicio «Comprobantes en Línea». También tendrán la posibilidad de realizar el procedimiento mediante el Facturador, una herramienta disponible para celulares, tabletas y computadoras.
El trámite consiste en seleccionar el contribuyente, elegir el punto de venta habilitado, cargar los datos de la operación, consignar el importe y confirmar la emisión del comprobante. Una vez finalizado el procedimiento, la factura podrá descargarse o enviarse al cliente.
En los casos en que el contribuyente todavía no cuente con un punto de venta electrónico habilitado, ARCA podrá darlo de alta de oficio y asociarlo al domicilio fiscal declarado.
Un requisito clave para mantener el régimen
Además de adaptarse a la modalidad digital, los monotributistas sociales deberán prestar atención a las condiciones de permanencia en el régimen. Como regla general, se exige la emisión de al menos seis facturas por semestre calendario, aunque existen excepciones para determinados integrantes de cooperativas y proyectos productivos.
El incumplimiento de esta obligación puede derivar en la baja de oficio, por lo que resulta importante mantener la facturación al día y acreditar la actividad económica declarada.
La medida exige que los trabajadores alcanzados verifiquen antes del 1 de noviembre que tengan acceso a los servicios digitales, CUIT y Clave Fiscal habilitadas y un punto de venta electrónico disponible.
De esta manera, la facturación digital pasará a ser la modalidad habitual para los pequeños contribuyentes incluidos en estos regímenes, mientras que el uso de comprobantes en papel quedará limitado a situaciones excepcionales.
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