Contra el vandalismo: Será obligatorio que el causante de destrozos a bienes públicos se haga cargo

El concejal Raúl von der Thusen presentó un proyecto de ordenanza a través del cual busca que aquellas personas que rompan la infraestructura de la ciudad deberán hacerse cargo del reparo de las mismas. Además el proyecto indica que en caso de ser menores de 18 años los infractores, los padres o tutores deberán pagar por los daños causados. El edil sostuvo que es “necesario y obligatorio que el causante del daño se haga cargo y repare la cosa pública”. También indicó que “deberán realizar trabajos en pro de la comunidad en reparticiones públicas o en entidades privadas de bien público, teniendo en cuenta que la labor será equivalente en días y horas al daño ocasionado”.


Río Grande.- El concejal Raúl von der Thusen presentó un proyecto de ordenanza a través del cual modifica la ordenanza N° 2859/2011 respecto al régimen especial de faltas para la minoridad, responsabilidad parental, y responsabilidad por daño a la cosa pública.

El proyecto manifiesta que ante la situación generada en nuestra ciudad por los diversos daños causados a los bienes públicos, muchas veces por acción y otras por omisión, como así también en algunas oportunidades en forma accidental como lo son los accidentes de tránsito que genera daños en luminarias, paredones, semáforos, etc., este daño debe ser reparado para poner en condiciones nuevamente las cosas dañadas que conforman al erario público.

Mira también  Funcionarios analizaron el funcionamiento del Estacionamiento Medido y el Transporte Público

Al respecto el edil manifestó que “es obligación de todos los ciudadanos actuar cívicamente en el uso de los bienes e instalaciones que integran los espacios públicos de la ciudad, teniendo en cuenta que existen en nuestra ciudad actitudes irresponsables por parte de individuos minoritarios, que se manifiestan en el mobiliario urbano, y en otros bienes, que suponen gastos de reparación importantes, e impiden que dichos importes sean destinados a adquisición de nuevo mobiliario urbano, y que al ser afrontados por la Municipalidad, en realidad son afrontados por todos los ciudadanos”.

Por tal motivo Von der Thusen puntualizó que “el derecho no protege a quien causa un daño a otro, sino que muy por el contrario hace nacer una obligación de dejar a esa persona en una situación lo más parecido posible a como se encontraba antes de sufrir el daño, teniendo en cuenta que esto es lo que se llama responder o ser responsable o tener responsabilidad por el daño padecido por otra persona, por lo cual es necesario y obligatorio que el causante del daño se haga cargo y repare el mismo”.

Mira también  Miles de niños y niñas ya disfrutaron de las jornadas deportivas y recreativas de invierno

En tal sentido indicó que “con este proyecto incorporo el artículo 15 bis a la Ordenanza N°
2859/11, donde el infractor fuera un menor de dieciocho años, la acción se seguirá contra el padre, madre, tutor o encargado”.

“En caso de que el responsable de la guarda del menor, no cumpla con las sanciones establecidas en los incisos precedentes, se imputará el monto del daño ocasionado directamente en la tasa municipal a nombre del contribuyente”, explicó Von der Thusen.

Remarcó que “deberán realizar trabajos en pro de la comunidad en reparticiones públicas o en entidades privadas de bien público, teniendo en cuenta que la labor será equivalente en días y horas al daño ocasionado”.

Mira también  El municipio lanzó un programa de precios bajos en productos de la canasta de alimentos y de limpieza

Además el edil indicó que “también modifico el artículo 241 de la ordenanza, por la cual cualquier hecho, acto u omisión, causare alteración, daño, deterioro, menoscabo o detrimento a árboles, plantas, flores o sus tutores o arriates, monumentos, paredones, columnas de iluminación, semáforos, asientos, verjas y cualquier otro elemento existente en las plazas, parques, calles, caminos o espacios públicos, las multas pasarán de 5000 unidades punitorias a 7.500 unidades punitorias”.

Finalmente manifestó que “para los casos donde los bienes dañados sean edificios, monumentos o estatuas declarados históricos o que formare parte del patrimonio público o arquitectónico municipal o que hayan sido declarados de protección histórica o ambiental, será sancionado con multa superior a lo establecido en el mismo artículo”.